Cancelar el servicio de las suscripciones digitales no tiene por qué significar un dolor de cabeza para quienes han decidido prescindir de estos servicios de entretenimiento, aplicaciones y servicios.
Para frenar cobros automáticos poco claros, renovaciones silenciosas y condiciones de cancelación ocultos en las letras chiquitas, en diciembre de 2025 entró en vigor una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para poner límites claros y fortalecer los derechos de quienes contratan servicios digitales.
La sección Entorno digital, de la edición de marzo de la Revista del Consumidor, destaca que las plataformas están obligadas a garantizar transparencia, consentimiento real y procesos de baja sencillos, que deben presentar de manera visible, no en “letras chiquitas”.
Los cargos recurrentes sólo pueden realizarse si cuentan con el consentimiento expreso e informado de las y los consumidores.
Cuando se realice una renovación automática del servicio o membresía, se debe notificar al menos cinco días naturales antes, para dar oportunidad a que la persona cancele, si lo desea, sin penalización ni cargos.
La cancelación de una suscripción, servicio o membresía debe ser sencilla y directa, sin trámites innecesarios, obstáculos técnicos o procesos desproporcionados.
Para saber si realmente se necesitan estos servicios, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sugiere hacer reflexiones como: cuándo fue la última vez que se utilizó el servicio; se contrató por una prueba gratuita pero no se volvió a usar; el cargo aparece cada mes, pero no se nota el beneficio; el servicio forma parte o no de la rutina actual; el costo ha aumentado y no vale lo que se paga; se ha pensado en hacer la cancelación pero se ha ido posponiendo, o solo se mantiene “por si acaso”.